TASAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA:
Por Ley Nº 1.227 de fecha 21 de junio de 1967 la dirección de normas y control agropecuario y forestal dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería, estableció el arancel de diversas tasa por servicios prestados por dichos Ministerios.
Por Ley Nº 1356/88 se ha actualizado los aranceles por prestación de servicios creados por la Ley Nº 1.227/67 a cargo del Ministerio de Agricultura y Ganadería
Por Decreto N° 1.6853 de fecha 9 de abril de 2002 se actualizan los aranceles percibidos por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, modificado parcialmente por el Decreto 18570/02 que rige actualmente.
Igualmente el Ministerio de Agricultura y Ganadería por Decreto Nº 7.714/64 tiene a su cargo el cobro de una Tasa por revisación de cada fardo de tabaco, lo cual se halla a cargo de la oficina revisadora de tabaco. Conforme al Artículo 1 de dicho Decreto se establece el pago de la suma de Gs. 50.000 por cada fardo de Tabaco en concepto de revisación.
La oficina fiscalizadora de algodón y tabaco percibe además una tasa por clasificación de cada muestra de fibras de algodón y sus productos, conforme a la Resolución Nº 16 de fecha 3 de abril de 1982.
El Ministerio de Agricultura y Ganadería fija los precios mínimos para productos y prestación de servicios obtenidos dentro del marco de las actividades propias de las diferentes escuelas agrícolas y de mecanización. Así la Resolución S.E.A Nº 24 B del 29 de julio de 1997 establece tales precios.
Por Resolución 167/98 se fijan los precios de productos forestales y por servicios a terceros del Centro Forestal Alto Paraná. El Artículo 2 de dicha Resolución fue modificado por Resolución 173/98.
Por Decreto Nº 2.840 del 5 de mayo de 1999 se aprueba el formato de las Guías de Circulación de Productos Forestales y se fija el canon de aprovechamiento de bosques privados. En el Artículo 2 se fija como canon por aprovechamiento de bosques privados la suma de Gs. 5.000 por cada metro cúbico real de productos forestales en rollos, para la todas las especies maderables.
Por Resolución Nº 147 del 4 de marzo de 1997 se fijan precios por servicios de inspección de productos forestales.
Por Resolución SSEA Nº 74/98 se fija los precios por la prestación de servicios y/o ventas de productos obtenidos en las diferentes dependencias de la dirección de Investigación Agrícola.