Leyes Concordadas

DEROGADO POR LA LEY Nº 2.051/03

LEY Nº 26/91

QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 18 DEL 22 DE MARZO DE 1990 POR EL CUAL SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE ADQUISICIONES, SUMINISTROS, ARRENDAMIENTOS Y LOCACIONES DE OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, AUTÓNOMAS, AUTÁRQUICAS Y DE ECONOMÍA MIXTA

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAY SANCIONA CON FUERZA DE LEY:  

Artículo 1°. Apruébase el Decreto - Ley N° 18 del 22 de marzo de 1990 por el cual se establece el Régimen de Adquisiciones, Suministros, Arrenda­mientos y Locaciones de Obras y Servicios de las Entidades Descentraliza­das, Autónomas, Autárquicas y de Economía Mixta, que queda redactado de la siguiente manera: 

"Art. 1°. Establécese que las adquisiciones, suministros, arrenda­mientos y locaciones de obras y servicios para las Entidades Descentraliza­das, Autónomas, Autárquicas y de Economía Mixta, se harán por medio de Licitaciones Públicas, Concurso de Precios y Contratación Directa Vía Ad­ministrativa, de "conformidad a lo previsto en sus respectivas Cartas Orgánicas".  

"Art. 2°. Las Entidades mencionadas en el artículo anterior, que no tengan previstas en sus Cartas Orgánicas las modalidades mencionadas o que tengan establecidos montos inferiores a los contemplados en el Decreto - Ley N° 7/90, deberán ajustar sus contrataciones a lo prescripto en esta última disposición legal"  

"Art. 3°. Facultase al Poder Ejecutivo a reglamentar lo dispuesto en la presente Ley".  

Artículo 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

Aprobada por la H. Cámara de Diputados a once días del mes de julio del año un mil novecientos noventa y uno, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintiún días del mes de agosto del año un mil novecientos noventa y uno. 

(Decreto 20594/03)

(jurisprudencia 135/01) 

Gustavo Díaz de Vivar                     José A. Moreno Ruffinelli 

Presidente                                         Presidente  

H. Cámara de Senadores                H. Cámara de Diputados 

  

Evelio Fernández Arévalos                    Osvaldo Bergonzi 

Secretario Administrativo                      Secretario Administrativo  

Asunción, 2 de setiembre de 1991.  

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.  

El Presidente de la República 

Andrés Rodríguez  

Juan José Díaz Pérez

Ministro de Hacienda