DEROGADO POR LA LEY Nº 2.051/03 LEY Nº 26/91 QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 18 DEL 22 DE MARZO DE 1990 POR EL CUAL SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE ADQUISICIONES, SUMINISTROS, ARRENDAMIENTOS Y LOCACIONES DE OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, AUTÓNOMAS, AUTÁRQUICAS Y DE ECONOMÍA MIXTA EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAY SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1°. Apruébase el Decreto - Ley N° 18 del 22 de marzo de 1990 por el cual se establece el Régimen de Adquisiciones, Suministros, Arrendamientos y Locaciones de Obras y Servicios de las Entidades Descentralizadas, Autónomas, Autárquicas y de Economía Mixta, que queda redactado de la siguiente manera: "Art. 1°. Establécese que las adquisiciones, suministros, arrendamientos y locaciones de obras y servicios para las Entidades Descentralizadas, Autónomas, Autárquicas y de Economía Mixta, se harán por medio de Licitaciones Públicas, Concurso de Precios y Contratación Directa Vía Administrativa, de "conformidad a lo previsto en sus respectivas Cartas Orgánicas". "Art. 2°. Las Entidades mencionadas en el artículo anterior, que no tengan previstas en sus Cartas Orgánicas las modalidades mencionadas o que tengan establecidos montos inferiores a los contemplados en el Decreto - Ley N° 7/90, deberán ajustar sus contrataciones a lo prescripto en esta última disposición legal" "Art. 3°. Facultase al Poder Ejecutivo a reglamentar lo dispuesto en la presente Ley". Artículo 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Aprobada por la H. Cámara de Diputados a once días del mes de julio del año un mil novecientos noventa y uno, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintiún días del mes de agosto del año un mil novecientos noventa y uno. Gustavo Díaz de Vivar José A. Moreno Ruffinelli Presidente Presidente H. Cámara de Senadores H. Cámara de Diputados
Evelio Fernández Arévalos Osvaldo Bergonzi Secretario Administrativo Secretario Administrativo Asunción, 2 de setiembre de 1991. Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial. El Presidente de la República Andrés Rodríguez Juan José Díaz Pérez Ministro de Hacienda |