RESOLUCIÓN DE ACTUALIZACIÓN Nº 130
POR LA QUE SE DISPONE LA CREACIÓN DE LA SECCIÓN REGISTRO DE MARCAS DEPENDIENTE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE LA DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA REGISTRAR UNA MARCA.
 

Asunción, 25 de Febrero de 2010

VISTOS: 

Las normativas establecidas en los artículos 18109 y 110 de la Ley N° 1294/98 "De marcas"; el anexo 1C "Acuerdo sobre los Aspectos de los derechos de Propiedad Intelectual relacionado con el Comercio" de la Ley N° 444/94; los artículos 2, 384 y 385 de la Ley N° 2422/04 "Código Aduanero"; y,

CONSIDERANDO: 

Que, la Dirección Nacional de Aduanas como órgano de aplicación de las disposiciones legales vigentes en materia aduanera, tiene la facultada de establecer requisitos tendientes a precautelar la observancia de los derechos de propiedad intelectual.

Para ello, resulta oportuna la habilitación de una oficina en la Dirección Nacional de Aduanas que se encargue de la registración de las marcas, con lo cual se pretende lograr una mayor difusión de los derechos de propiedad intelectual registrados y vigentes en la Dirección de Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio.

La armonización de estos requisitos de registración ayudará en la agilización del comercio exterior, además de otorgar medidas eficaces y disuasivas contra las conductas infractoras de los derechos de propiedad intelectual.

POR TANTO: de conformidad a las disposiciones legales y consideraciones expuestas, en uso de sus atribuciones;

EL DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:

Art. 1º.- Disponer la creación de la Sección Registro de Marcas, dependiente del  Departamento de  Registro de  la Dirección  de  Procedimientos Aduaneros de la Dirección Nacional de Aduanas.

Art. 2°.- Para registrar una marca en el Registro Aduanero de Marcas del Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Aduanas, el titular de un registro de marca, previamente registrado y en vigencia en la Dirección de Propiedad Industrial dependiente del Ministerio de Industria y Comercio, o su agente debidamente habilitado, procederá de acuerdo con los procedimientos establecidos en la presente resolución.

Art. 3°.- La solicitud de registro de la marca se realizará por escrito y por cada marca en formulario habilitado para el efecto por la Dirección Nacional de Aduanas y contendrá la siguiente información:

a) Nombre, nacionalidad, domicilio, número de teléfono y correo electrónico del titular;

b) Nombre, domicilio, número de teléfono y dirección de correo electrónico del Agente de la Propiedad Industrial patrocinante o mandatario;

c) Testimonio de Poder otorgado al Agente de la Propiedad Industrial;

d) Copia autenticada del Certificado de Registro de la Marca otorgada por la Dirección de la propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio.

e) Denominación de la marca registrada.

f)  Reproducción gráfica de la marca cuando se trate de marca figurativa, mixta o tridimensional.

g) Numero de acta de registro en la Dirección de la Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio.

h) Fecha de expiración.

i) Descripción de los productos sobre los que se aplica la marca registrada:

Art. 4°.- La solicitud será presentada ante la Mesa de Entrada de la Dirección de Procedimientos Aduaneros que derivará al Departamento de Registro a fin de analizar y emitir opinión sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo anterior.

Art. 5º.- Con el informe favorable del Departamento de Registro, la Dirección de Procedimientos Aduaneros dispondrá la Registración de la marca en el Registro Aduanero de Marcas. La registración estará vigente por todo el término de validez de la marca ante la Dirección de Propiedad Industrial del Ministerio de Industria y Comercio. El Departamento de Registro expedirá un Certificado de Registración de la marca para el solicitante.

Art. 6º.- Copia de los legajos de la registración y demás datos de los productos con marca registrada en el Departamento de Registro serán derivados al Departamento de Visturía para los contactos y las notificaciones correspondientes con los titulares y/o Agentes de la propiedad Industrial.

Art. 7º.- La renovación del Registro de marcas ante la Dirección Nacional de Aduanas procederá con cada renovación de la registración de la marca en la Dirección de Propiedad Industrial, de acuerdo con los requisitos establecidos en la presente resolución.

Art. 8º.- El titular de una marca o su apoderado están obligados a informar a la Dirección Nacional de Aduanas cuando su derecho ha cesado o extinguido por cualquier motivo, como también mantener actualizados los datos proporcionados a la Dirección.

Art. 9º.- A los efectos de la identificación electrónica de los productos con marca registrada, el solicitante proporcionará, junto con la solicitud para el registro de marcas, los archivos gráficos de los productos que deberán tener el formato JPG (Gráfico) y una extensión de hasta 500 KB por cada producto de la marca a ser registrado, pudiendo proveerlo en medios magnéticos (PENDRIVE, DVD, CD).

Art. 10°.- La Administración  del  Sistema  Informático  SOFÍA desarrollará la aplicación informática para la registración de las marcas para su implementación en un plazo no mayor de (30) días.

Art. 11°.- Se adopta el formulario denominado DNA/DPA - D.R. de "Solicitud para el Registro de Marcas" que forma parte de la presente Resolución como Anexo I, el cual estará disponible para los interesados en la página WEB de la Dirección Nacional de Aduanas.

Art. 12°.- Se dejan sin efecto las Resoluciones DNA N° 137 del 16 de Setiembre de 1999 y DNA N°  101 del 22 de febrero de 2008.

Art. 13°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archívese.

ABOG. JAVIER CONTRERAS SAGUIER
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

SOLICITUD
PARA EL
REGISTRO DE MARCAS

LIBRO FOLIÓ Nº................
ORDEN N°........................
FECHA:............................

Señor
Director de Procedimientos Aduaneros
E.S.D.

Por la presente solicito, se disponga el REGISTRO DE MARCAS, para cuyo efecto se proporcionan y adjuntan los siguientes datos y documentos:

Datos del Solicitante Agente

Nombres y Apellidos:

 

 

Nacionalidad:

 

 

Domicilio:

 

 

Localidad

 Tel.:

 E-mail:

Datos del Titular de la Propiedad Industrial

Nombre del Titular/Licenciatario:

 

Documento de Identidad / Registro Único de Contribuyentes:

 

Domicilio Real:

 

Localidad

 

Teléfono:  

Correo Electrónico:

                                           
Datos de la Marca  


Denominación de la Marca: ______________________________________
Clase: _______________________________________________________

Documentos Presentados

Denominación del Documento

Numero / Referencia

Fecha de Expedición

Fecha de Vencimiento

Titulo de Marca N°

 

 

 

Documento de Identidad (Persona Física)

 

 

 

Escritura de Constitución de Sociedad (Persona Jurídica)

 

 

 

Registro Único de Contribuyentes

 

 

 

Reproducción Gráfica, Diseño del Logo, Signos o Dispositivos

 

 

 

Poder General para Asuntos Judiciales y/o Administrativos

 

 

 

Otros (especificar)

 

 

 

Descripción de los productos sobre los que se aplica la marca registrada.

 

 

 

          
Por la presente declaro bajo juramento, que todos los datos expresados en este documento son exactos y completos. Tomo conocimiento que cualquier omisión de información o información distinta a la real, serán penadas conforme a nuestro derecho impositivo.

Los documentos que se adjuntan, están autenticados por Escribano Público, conforme al Art. 96 del Dto N° 4.672/2.005 Reglamentario del Código Aduanero.

Firma del Titular/ Agente de la Propiedad Industrial