RESOLUCIÓN Nº 1497/06 “POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 06/03 IMPONIENDO NUEVO PLAZO” Asunción, 18 de abril de 2006 VISTA: La necesidad de controlar en forma más inmediata y oportuna las resoluciones de las asambleas de las cooperativas, y; CONSIDERANDO: Que los incisos a) y d) del Art. 118º de la Ley Nº 438/94 disponen, respectivamente, la atribución de solicitar documentación a las cooperativas y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias de la materia cooperativa; consecuentemente, deberá establecerse un plazo menor para posibilitar el mayor control sobre los documentos post asamblearios y sobre todo permitir con mayor oportunidad, la verificación de las resoluciones asamblearias, a objeto de tomar las medidas oficiosas que condigan al caso. Que la Resolución N° 06/03 dictada por el Instituto Nacional de Cooperativismo, establece un plazo de treinta (30) días para la presentación de los documentos post-asamblearios, conforme se regula en el literal c), Art. 3° de la citada norma, lo cual dificulta intervenir de oficio cuando a juicio del INCOOP se detecten situaciones que ameriten investigar las resoluciones asamblearias, según dispone el Art. 65º y 66º del Decreto Reglamentario N° 14.052/96, que concuerda con el Art. 60º de la Ley Nº 438/94. POR TANTO, de conformidad a las disposiciones aludidas y a los incisos a) y d) del Art. 5° de la Ley Nº 2157/03, en sesión ordinaria de fecha 04 de abril de 2006, Acta N° 123, el: CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO RESUELVE: 1º. - MODIFICAR la Resolución N° 06/03, dictada por el INCOOP en fecha 27 de agosto de 2003, en el literal c), Art. 3°, estableciendo en 15 días el plazo máximo, posterior a la asamblea, para la presentación de los documentos exigidos en los incisos a), b), c) y d) de la citada Resolución. 2°. - ESTABLECER la vigencia de esta resolución desde el 01 de junio del año en curso. 3°. - PUBLICAR por los medios de comunicación masiva; comunicar a quienes corresponda y cumplida archivar.
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