LA RESOLUCIÓN Nº 134/04
POR LA QUE SE DISPONE LA UTILIZACIÓN OBLIGATORIA DE LOS MÓDULOS DEL SISTEMA INFORMÁTICO SOFÍA, EN LA ADMINISTRACIÓN DE ADUANA DE LA FIRMA PUERTOS Y ESTIBAJES S.A. Y LA APLICACIÓN DE LAS NORMATIVAS ESTABLECIDAS EN LAS RESOLUCIONES D.G.A. Nº 12/2003 Y D.G.A. 19/2003.
 

Asunción, 16 de agosto de 2004

VISTO: 
La Resolución M.H. Nº 131/04, que crea la Administración de Aduana en la Terminal Portuaria de la Firma Puertos y Estibajes S.A., la Resolución D.G.A. Nº 97/04, que dispone la habilitación de la referida Administración de Aduana y las Resoluciones D.G.A. Nº 135/95, D.G.A. Nº 94/97, D.G.A. 155/96, D.G.A. 12/2003 y D.G.A. Nº 19/2003, de implementación y normativas de procedimientos del Sistema Informático SOFÍA, y;

CONSIDERANDO: 
Que se halla debidamente legalizada la creación y habilitación de la Administración de Aduana en la Terminal Portuaria de la Firma Puertos y Estibajes S.A.

Que igualmente por las demás disposiciones administrativas, se hallan vigentes las normas relativas al Sistema Informático SOFÍA al igual que las disposiciones referentes a la aplicación de los canales de selectividad.

Que corresponde en consecuencia, disponer el carácter obligatorio y la utilización de las normativas previstas en las Resoluciones de referencia, en cuanto hace a la incorporación total de la mencionada Administración del Sistema Informático SOFÍA, con pleno reconocimiento de lo actuado a nivel informático, desde su habilitación hasta la fecha de la presente Resolución.

POR TANTO: En mérito a las consideraciones expuestas, a las disposiciones mencionadas y en uso de sus atribuciones.

LA DIRECTORA GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

Art. 1º.- Disponer la utilización obligatoria de los módulos Manifiesto y Declaración Detallada del Sistema Informático SOFÍA y el cumplimiento de las normativas establecidas en las Resoluciones D.G.A. Nº 12/2003 y la modificatoria D.G.A. Nº 19/2003, por las razones expuestas en el considerando de la presente Resolución.

Art. 2º.- Encomendar a la Administración del Sistema Informático SOFÍA, el control de lo relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, debiendo elevar un informe a esta Dirección General, en un plazo no mayor de treinta días, sobre cualquier irregularidad registrada al respecto.

Art. 3º.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplida, archivar.

Margarita Díaz de Vivar
Directora Gral. de Aduanas.