LA RESOLUCIÓN Nº 108/04
POR LA CUAL SE ESTABLECEN DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE BONOS DEL TESORO PUBLICO Y ENTREGA DE LOS CERTIFICADOS DE ACREENCIA PARA EL PAGO DE TRIBUTOS CON DICHOS TÍTULOS
 

Asunción, 25 de marzo de 2004

VISTOS:

El Decreto N° 19000 de fecha 11 de octubre de 2002, "POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA A DISPONER LAS NORMATIVAS REGLAMENTARIAS PARA EL PAGO DE TRIBUTOS CON BONOS DEL TESORO PUBLICO, AL VENCIMIENTO DE ESTOS TÍTULOS".

La Resolución M.H. N° 447 de fecha 31 de julio de 2003, "POR LA CUAL SE ESTABLECEN DISPOSICIONES NORMATIVAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO N° 19000 DE FECHA 11 DE OCTUBRE DE 2002, "POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA A DISPONER LAS NORMATIVAS REGLAMENTARIAS PARA EL PAGO DE TRIBUTOS CON BONOS DEL TESORO PUBLICO, AL VENCIMIENTO DE ESTOS TÍTULOS".

La Resolución M.H. N° 395 de fecha 26 de diciembre de 2003, "POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN DE BONOS DEL TESORO PUBLICO AUTORIZADO POR LEY N° 2336 DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2003, "DE REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PUBLICA Y EMISIÓN DE BONOS DEL TESORO PUBLICO".

La Resolución M.H. N° 2 de fecha 5 de enero de 2004, "POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMATO DEL CERTIFI­CADO DE ACREENCIA PARA PAGO DE TRIBUTOS CON BONOS DEL TESORO PUBLICO Y SE AUTORIZA SU EMISIÓN A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO PUBLICO, DEPENDIENTE DE LA SUB­SECRETARÍA DE ESTADO DE ADMI­NISTRACIÓN FINANCIERA DE ESTE MINISTERIO", (Exps. M.H. Nros. 6267 y 7758/2004).

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° del mencionado Decreto, faculta al Ministerio de Hacienda a realizar actos de disposición y administración necesarios, para la aplicación e implementación para el pago de tributos con Bonos del Tesoro Público.

Que la Resolución M.H. N° 447/2003 establece la emisión de los certificados de Acreencia para su utilización por los interesados en la cancelación de tributos.

Que es necesario disponer de me­canismos que permitan a la Dirección General del Tesoro Público, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera, para la liquidación de los Bonos del Tesoro Público a los efectos de la emisión de los Certificados de Acreencia para el pago de tributos.

Que la Abogacía del Tesoro de este Ministerio se ha pronunciado favora­blemente en los términos del dictamen N° 310 de fecha 22 de marzo de 2004.

POR TANTO,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°. - Autorizar a la Dirección General del Tesoro Público, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera de este Ministerio, a proceder a la liquidación de los Bonos del Tesoro Público vencidos para la emisión de los Certificados de Acreencia, considerando la fecha de corte establecida en la Resolución M.H. N° 395/2003, de conformidad al siguiente procedimiento:

El principal de los Bonos del Tesoro Público, vencidos hasta el 26 de diciembre de 2003, serán liquidados por el valor facial de los mismos.

VP = (l+r/365 * d)

El principal de los Bonos del Tesoro Público vencidos con posterioridad al 26 de diciembre de 2003 serán liquidados hasta la fecha de corte utilizándose como tasa de descuento la tasa de interés de emisión originalmente convenida, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Donde:

VP = Valor presente

T   = Principal

r   = Tasa de Interés Anual del Bono

d   = Número de días transcurridos entre la fecha de corte y el vencimiento.

Los cupones de estos títulos serán pagados a través del Banco Central del Paraguay conforme a los procedimientos vigentes.

Artículo 2°. - Los Bonos del Tesoro Público elegibles para la emisión de Certificados de Acreencia son los títulos vencidos hasta el 31 de diciembre de 2003.

Artículo 3°. - Comunicar a quienes corresponde y archivar.

Dionisio Borda
Ministro de Hacienda