Resolución Nº 1551/06, Artículo 15º
Texto modificado por el Art. 1º la Resolución Nº 16/12
Texto anterior

Artículo 19º.- La Declaración Jurada de SAU y de Bienes Patrimoniales, que además contiene el mecanismo para la comunicación de la opción a que se refiere el Artículo 35 de la Ley No. 125/91, con la redacción dada por la Ley No. 2.421/04, cuyo Formulario ha sido aprobado medianteResolución No. 449 de 22 de junio de 2005, deberá ser presentada dentro de los noventa (90) días posteriores contados desde el primer día del mes siguiente al cual se convierte en Contribuyente, quedando el Artículo 30 de la citada Resolución modificado únicamente en este sentido.