Comentarios de la Abogada Nora Lucia Ruoti Cosp

Especialista en Tributación y Asesoría de Inversiones.

 

 

Reglamentaciones

EMPRESAS PRIVADAS COMO AGENTES DE RETENCIÓN 

El Decreto N° 12.829/01 reglamentado por la  Resolución N° 114/01 designa como agentes de retenciones del IVA, a un numero importante de empresas privadas que se encuentran relacionados con ciertos sectores estratégicos, de manera a tratar de evitar el informalismo en las operaciones.

Cabe recordar que los agentes de retención tienen responsabilidad penal por la omisión de sus funciones,  y por lo cual se deben convertir en verificadores de las obligaciones tributarias de terceros.

Las empresas designadas en la Resolución  N° 114/01 deberán soportar la carga administrativa que implica el cumplimiento de sus obligaciones como agentes de retención.

Estas empresas deberán realizar las retenciones cuando el monto total de la operación sin IVA sea superior o igual a Gs. 2.000.000.

Quedan excluidos los servicios públicos.

La retención a practicar constituye el 20% del IVA. incluidos en los comprobantes debiendo emitir el correspondiente comprobante de retención.

Este régimen entra en vigencia desde el 1° de mayo de 2001.