| Ley 125/91, texto original promulgado y vigente hasta la nueva reforma realizada por la le 2421/04 |
Artículo 27: Actividad Agropecuaria: Se entiende por actividad agropecuaria la que se realiza con el objeto de obtener productos primarios, vegetales o animales, mediante la utilización del factor tierra, tales como: |
a) Cría o engorde de ganado. |
b) Producción de lanas, cueros, cerdas. |
c) Producción agrícola, fructícola y hortícola. |
d) Producción de leche. |
Se considera comprendido en el presente concepto, la tenencia de inmuebles rurales aún cuando en los mismos no se realice ningún tipo de actividad. |
No están comprendidas las actividades que consisten en manipuleos, procesos o tratamientos, excepto cuando sean realizados por el propio productor para la conservación de los referidos bienes, como así tampoco las comprendidas en el Capítulo I del presente impuesto. |
| Nueva redacción dada por el artículo 4º Ley N° 2.421/04 |
Artículo 27º: Actividad Agropecuaria: Se entiende por actividad agropecuaria la que se realiza con el objeto de obtener productos primarios, vegetales o animales, mediante la utilización del factor tierra, capital y trabajo, tales como: |
a)- Cría o engorde de ganado, vacuno, ovino y equino. |
b)- Producción de lanas, cuero, cerdas y embriones. |
c)- Producción agrícola, frutícola y hortícola. |
d)- Producción de leche. |
Se consideran comprendidos en el presente concepto, la tenencia, la posesión, el usufructo el arrendamiento o la propiedad de inmuebles rurales aún cuando en los mismos no se realice ningún tipo de actividad. |
No están comprendidas las actividades que consisten en la manipulación, los procesos o tratamientos, cuando sean realizados por el propio productor para la conservación de los referidos bienes,como así tampoco las comprendidas en el Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios, Renta del Pequeño Contribuyente y Rentas del Servicio de Carácter Personal. |